En años recientes la República de Panamá se ha puesto en el nivel internacional como una de las mejores ubicaciones para retirarse en el mundo. Esto se debe a varios factores incluyendo:
- Panamá cuenta con un clima confortable.
- Panamá cuenta con el US dolar como su moneda.
- Panamá cuenta con un gran centro bancario.
- Panamá es libre de la mayoría de desastres naturales.
- Panamá cuenta con modernas facilidades medicas.
Debido a la actual popularidad del país, el Ministerio de Inmigración y Naturalización ha impuestos nuevas visas. Algunos de los procesos para la visa ahora son mas flexibles con la intención de generar estabilidad migratoria para extranjeros retirados.
Permisos Residenciales o Laborales Temporales
- Los Permisos Temporales por Razones Laborales se otorgan por períodos anuales hasta seis años.
- El Permiso de Residencia Temporal de Personal Extranjero Contratado como Ejecutivo en la Zona Libre de Colón, requiere el pago de un salario mensual de B/. 2,000.00.
- El Permiso de Residencia Temporal de Personal Extranjero Contratado por Empresas Privadas dentro del 10% del Personal Ordinario requiere del pago de un salario mensual no menor de B/. 850.00.
- El Permiso de Residencia Temporal de Personal Contratado por Empresas en virtud del Acuerdo de Marrakech requiere del pago de un salario mensual no menor de B/. 1,000.00.
- Los Permisos de Residencia Temporal por Razones de Inversión se otorgan por el período de seis (6) años; prorrogable cada dos (2) años.
- El Permiso de Residencia Temporal de Inversionista Agropecuario requiere de una Inversión de B/. 60,000.00 en la industria agropecuaria o de acuicultura.
- El Permiso de Residencia Temporal de Inversionista Forestal requiere de la Inversión, a título personal o mediante persona jurídica, de B/. 60,000.00 en actividades de reforestación o plantación forestal, autorizadas por la Autoridad Nacional del Ambiente; la inversión deberá hacerse en un mínimo de 10 hectáreas.
- El Permiso de Residente Temporal por Reagrupación Familiar podrán solicitarlo los extranjeros cónyuges, hijos menores de 18 años y padres del residente temporal. De 18 a 25 años si se encuentran en estudios regulares y dependen económicamente del residente temporal.
Permisos Residenciales Permanentes:
- Para aplicar a la Categoría de Residente Permanente se requiere que haya transcurrido un término de dos años.
- El Permiso de Residente Permanente por Inversión Forestal requiere de Inversión mínima de B/. 80,000.00, a través de persona jurídica o a título personal en actividades de reforestación o plantación forestal autorizadas por la Autoridad Nacional del Ambiente, en al menos veinte (20) hectáreas.
- El Permiso de Residente Permanente como Inversionista de la Macro-Empresa requiere de la Inversión en una macro-empresa con un capital social mínimo de B/. 160,000.00 por solicitante; en caso de dependientes debe incrementarse en B/. 2,000.00 la inversión por cada dependiente. La empresa debe contar con una planilla de cinco (5) empleados panameños.
- El Permiso de Residente Permanente por Solvencia Económica Propia requiere de una Inversión de B/. 300,000.00 en depósito a plazo fijo, inmueble o una combinación de ambos y que se demuestre que el dinero viene del extranjero.
- La Solvencia Económica Propia por Inversión en Bienes Inmuebles permite el que los bienes inmuebles pueden estar a nombre de una Fundación de Interés Privado, probando que el solicitante es fundador y él o sus dependientes sean los beneficiarios. El certificado del Registro Público deberá mostrar el fundador y beneficiario.
- Al Permiso de Residente Permanente como Rentista Retirado puede optar el Extranjero retirado de la vida activa que posee un ingreso mensual de B/. 2,000.00 proveniente exclusivamente de intereses de Depósito a Plazo Fijo en el Banco Nacional de Panamá o en la Caja de Ahorros, libres de todo gravamen, por un período de cinco (5) años. A la tasa actual son B/. 610,000.00.
- EL Permiso de Residente Permanente como Rentista Retirado otorga el derecho a Pasaporte Especial de la República de Panamá.
- Al Permiso de Residente Permanente como Jubilado o Pensionado puede optar el extranjero que reciba pensión o jubilación de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada. La pensión o jubilación no podrá ser menor de B/. 1,000.00 mensuales; no obstante, si prueba que ha adquirido un inmueble a título personal por B/. 100,000.00, la pensión o jubilación se reduce a B/. 750.00 mensuales.